|
El Subsidio por "Sepelio / Fallecimiento" consta de un reintegro de dinero por el Sepelio del familiar fallecido, con un tope máximo de hasta $ 1500 (Pesos Mil Quinientos) contra presentación de la factura original emitida por la casa de Sepelio a nombre del afiliado o copia fiel de la misma avalada por el Jefe de Anses del afiliado o de la Casa de Sepelio. Ante la imposibilidad del afiliado de contar con la factura que acredite la realización del sepelio y su correspondiente importe, SECASFPI otorga al afiliado en concepto de dicho Subsidio la suma de $750 pesos (pesos quinientos).
El Subsidio se abonará por el fallecimiento de un integrante del Grupo Familiar compuesto por Padres, Hijos y Cónyuge.
El importe del subsidio será acreditado en la caja de ahorro en la que percibe su sueldo el afiliado, por lo que recomendamos tener siempre a disposición el número de su CBU.
Se otorgará solo un subsidio por cada acontecimiento ocurrido, por tal razón en caso que dos o mas familiares estén Afiliados y se encuentren en condiciones de percibir los Subsidios, solo tendrá derecho a su percepción el Afiliado con mayor antigüedad entre ambos.
Para hacerse acreedor a este subsidio, deberá presentar, dentro de los 30 días siguientes de producido el acontecimiento, la siguiente documentación:
|